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OPINIÓN
El tratado Cañas Jerez
Treta de Alemán para desviar la atención
11 septiembre, 2002
El 15 de abril de 1858, los generales José María Cañas por Costa Rica y Máximo Jerez por Nicaragua firmaron lo que históricamente se conoce como el tratado Cañas-Jerez, que las legislaturas correspondientes y los presidentes de la época, Juan Rafael Mora y Tomás Martínez, aprobaron.
El tratado sirvió para definir los límites entre ambos países y en el derecho internacional es la base para que Costa Rica y Nicaragua hayan disfrutado de 150 años de paz y excelentes relaciones.
Un tal Alemán ha venido ahora a perturbar el orden, ignorando el Tratado Cañas-Jerez, para desviar la atención de los nicaragüenses que critican la desastrosa administración que hizo.
Distracción. Poner a los nicas a pelear con los ticos es una forma de distraerlos para que se olviden de todo el dinero nicaragüense que fue a parar a cuentas privadas en bancos extranjeros.
Don Abel Pacheco ha transitado hasta el momento por el camino de la prudencia y esto parece bien hasta cierto punto. Hay que evitar que un problema pequeño se convierta en un problema grande, pero eso no quiere decir que, si nos dan por una mejilla, hay que poner la otra.
El presidente Bolaños también está dando buena imagen; ya es hora de que Nicaragua cuente con un presidente honrado y es posible que con la habilidad verbal de don Abel, estos dos señores logren ponerse de acuerdo.
Letra. El tratado Cañas-Jerez dice en el artículo sexto: "La república de Nicaragua tendrá exclusivamente el dominio y sumo imperio sobre las aguas del Río San Juan desde su salida del lago, hasta su desembocadura en el Atlántico; pero la República de Costa Rica tendrá en dichas aguas los derechos perpetuos de libre navegación, desde la expresada desembocadura hasta tres millas antes de llegar al Castillo Viejo, con objetos de comercio, ya sean en Nicaragua o al interior de Costa Rica por los ríos de San Carlos o Sarapiquí; o cualquiera otra vía procedente de la parte que en la ribera del San Juan se establece corresponder a esta república. Las embarcaciones de uno u otro país podrán indistintamente atracar en las riberas del río, en la parte en que la navegación es común, sin cobrarse ninguna clase de impuestos, a no ser que se establezcan de acuerdo entre ambos gobiernos".
Costa Rica y Nicaragua deben ponerse de acuerdo en esto como dos pueblos hermanos, como siempre lo hemos hecho, ayudándonos mutuamente como sucedió en 1856, pero, como último recurso, habría que acudir a los tribunales internacionales para definir los derechos de cada país tal y como hubo necesidad de hacerlo en 1888, cuando el tratado fue cuestionado y sometido al arbitrio del presidente de Estados Unidos Grover Cleveland, quien se pronunció por mantener los derechos de Costa Rica a navegar por el río San Juan en la zona limítrofe.
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espero ayude