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¿Quiénes pueden ejercer la patria potestad en el menor de edad?

Respuesta :

Respuesta:

Si no lo acuerdan, lo ejercerá el padre o la madre con quien el hijo/a esté conviviendo, pudiendo el juez cambiar su ejercicio. La patria potestad será ejercida por quien detente el cuidado personal o por ambos si éste se ejerce en forma compartida.

Respuesta:

Un juez

Explicación:

El juez verá el caso del menor, cómo es tratado por el padre y la madre, dependiendo su relación, el juez verá con quién puede estar el menor.