Respuesta :
Respuesta:
“Cuando la muerte se relaciona con el trabajo, el patrono indemnizará a los parientes con 620 días de salario: un mes de salario por concepto de gastos fúnebres, derechos adquiridos, liquidación de salarios y prestaciones sociales adeudados, con corte hasta la fecha de la muerte del trabajador”, explica Perdomo.
Explicación: