Respuesta :
Respuesta:
- Usos normativos: es cuando se adoptan como norma. Estos usos son Fuente de Derecho (art. 1.3 ) Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tendrán la consideración de costumbre . Hay una equiparación legal entre uso y la costumbre.
Explicación: