Se constituye como débito fiscal mensual, cuando el IVA:
a. Corresponde a los impuestos recargados sobre las boletas de compras.
b. Corresponde a los impuestos recargados sobre las compras.
c. Corresponde a los impuestos recargados sobre las Boletas de Prestación de Servicios a Honorarios.
d. Corresponde a los impuestos recargados en la ventas y servicios efectuados en el periodo tributario correspondiente.