Respuesta :
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Ltda, S. Comandita Simple y S. Colectiva) que cada uno de ellos tendrá. Si uno de los accionistas es una Sociedad extranjera, un Poder Especial debe ser otorgado para que sea representada en el momento de la firma.
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Ltda, S. Comandita Simple y S. Colectiva) que cada uno de ellos tendrá. Si uno de los accionistas es una Sociedad extranjera, un Poder Especial debe ser otorgado para que sea representada en el momento de la firma.